martes, 13 de marzo de 2012

Trenes, trenes, trenes

Viene siendo una constante de los últimos años que en la fechas próximas al aniversario del atentado del 11 de marzo de 2004 se produzca un cierto revuelo mediático con la publicación de noticias sobre algunos aspectos de la investigación de la masacre. Supongo que son los efectos secundarios de un asunto cerrado en falso.

Pero en esta ocasión parece que los ánimos se han excitado más de lo normal. Quizás se deba a que es el primer aniversario con el PP en el gobierno desde que ocurrió el atentado. Y la decisión del nuevo Fiscal General del Estado de investigar el hallazgo de uno de los focos de explosión que se creían destruidos parece que no ha sentado demasiado bien en algunos sectores.



Concretamente el diario El País ha desplegado una batería de editoriales y artículos criticando a Torres-Dulce e intentando desprestigiar la exclusiva de Libertad Digital a base de informaciones inexactas, contradicciones y medias verdades. Tanto empeño han puesto que al final han acabado por contradecirse entre ellos mismos.

Uno de los primero en abrir fuego fue José Yoldi que le dedicó varios artículos al tema. En el último de la serie sobre los trenes, RENFE detalló en 2007 el paradero de cada vagón del 11-M, aporta información complementaria que no había salido a la luz. Lamentablemente esa información es incompleta y errónea, tal y como explica Pablo Lledó en el mismo medio A vueltas con los trenes del 11-M.

Mediante providencia de 12 de junio de 2007, la sala enjuiciadora del 11-M le comunicó que “por RENFE se ha manifestado que el desguace se efectuó entre los días 13 y 14 de marzo de 2004”. No se sabe de dónde surgió esta información y es una lástima que Gómez Bermúdez, normalmente muy atento, la diera por buena y la incluyera acríticamente en su sentencia de 31 de octubre de 2007, porque comprobar su inexactitud era un ejercicio relativamente fácil.

Es una lástima que el propio Pablo Lledó incurra en su propio artículo en más errores y medias verdades. Por ejemplo los que destaco a continuación:

En el sumario (Tomo 80, folios 24.621 y 24.622), por ejemplo, consta un documento de la empresa Alstom en el que, a 24 de marzo de 2004, puede leerse que un determinado vagón “está siendo desguazado en el TCR de Villaverde”

Aunque en el artículo no se afirma, aclaro que el TCR de Villaverde no tiene nada que ver con TAFESA y el vagón que desguazaba Alstom no es el de Santa Eugenia, al que pertenece el foco de explosión ahora encontrado. Para que nadie se confunda.

Más tarde, el Tribunal Supremo, al tiempo que desestimaba el motivo de casación de Rafá Zohuier basado en la denegación de esa prueba, por entender que en nada le afectaba, recordó que “los trenes y su estado fueron objeto de pericial y la inspección ocular sobre los mismos fue objeto de grabación” (sentencia de 17.7.2008). Sin embargo, y sobre la misma base incierta que la Audiencia Nacional, añadió el comentario de que podía “resultar sorprendente una tan apresurada destrucción”.

Es verdad, pero olvida los argumentos de la Audiencia Nacional para desestimar la nulidad solcitada por la defensa de Zouhier. Se puede consultar en la pag. 476:

El motivo carece de contenido, la admisión por no exclusión expresa en el auto de señalamiento de una prueba imposible por inexistencia del objeto antes del dictado de la resolución no puede determinar nulidad alguna. En todo caso, será en la valoración de la prueba donde se determine la trascendencia de la imposibilidad que ha tenido la parte de examinar los trenes que, como consta en el rollo de Sala, fueron desguazados el 13 de marzo de 2004, lo que se comunicó a la parte por providencia de 12 de junio de 2007.

Y el Supremo al resolver los recursos de casación añadía en la página 652:

2. La prueba cuestionada fue admitida inicialmente como inspección ocular de los vagones. Si no fue practicada finalmente fue a causa de la imposibilidad material derivada de la destrucción del objeto con anterioridad. Como recuerda el Ministerio Fiscal, los trenes y su estado fueron objeto de pericial y la inspección ocular sobre los mismos fue objeto de grabación. A pesar de ello puede resultar sorprendente una tan apresurada destrucción, que impidió un estudio posterior más reposado y en profundidad, e incluso su reiteración de haber sido necesaria, de aspectos que pudieran haber resultado de interés para la investigación. Pero lo cierto es que en el momento del juicio oral era materialmente imposible la práctica de la prueba, lo que justifica que el Tribunal acordara la continuación del juicio y prescindiera de ella. La cuestión, como se razona en la sentencia impugnada, no puede examinarse desde la perspectiva de la denegación injustificada de una prueba pertinente, sino desde la valoración de las consecuencias que la imposibilidad de disponer de la misma pudiera tener respecto de la condena del recurrente.

Pero ahora sabemos que no existía esa imposibilidad material al menos en lo que respecta al foco de explosión de Santa Eugenia. Es probable que nada hubiese cambiado en la sentencia de haberse podido examinar esos restos. Pero lo grave es que si se confirma que la existencia de ese foco era conocida por las FyCSE, o por otras personas, se podría haber cometido un delito de obstrucción a la justicia.

En lo que coinciden tanto Pablo Lledó como José Yoldi es en utilizar la siguiente argumentación falaz recogida en el auto del Supremo que desestimó la querella de Manos Limpias contra Juan Del Olmo y Olga Sánchez:

La conservación y destino de los vagones en cuestión —una vez hechos en ellos todas las pericias que se estimaron necesarias— corresponde a su legítimo propietario (RENFE), que además cuenta con lugares apropiados para ello.

Ciertamente el párrafo es indiscutible si no fuese por el pequeño detalle de que los trenes fueron desguazados mucho antes de que se realizasen "todas las pericias que se estimaron necesarias". Al margen de el desguace se realizón antes de que a nadie le diese tiempo de estimar qué pericias eran necesarias, con frecuencia se olvida que no sólo el juez y el fiscal tienen derecho a solicitar diligencias de prueba. También las otras partes personadas tienen derecho a pedir sus propias pruebas periciales, o a cuestionar las ya realizadas. Todos salvo el resto del foco de Santa Eugenia, del que nadie informó de su existencia, por cierto.

24 comentarios:

  1. También se repararon las estaciones, que al igual que los trenes, también eran escenarios y no armas del crimen. ¿Acaso deberían haberse dejado sin reparar los destrozos y cerradas al servicio en previsión de que algún futurible personado en la causa solicitase alguna hipotética pericial sobre las mismas?

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    1. ¿Que periciales se realizaron antes de que se desguazasen los trenes? A ver si me puede citar alguna.

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    2. ¿Qué significa "pericial"?

      Informe de expertos ¿no?

      Pues eso es lo que dice el propio Tribunal Supremo “los trenes y su estado fueron objeto de pericial y la inspección ocular sobre los mismos fue objeto de grabación”.

      Si alguien cree que se puede desechar el trabajo pericial -aceptado por el Tribunal Supremo- como expertos en desactivación y análisis de la Policía, Guardia Civil, TEDAX o de químicos como Alfonso Vega, Marian y el propio Escribano (que no encontró NG ni DNT en la muestra M1 en 2004) y que es más honesto el informe de Antonio Iglesias -que no había visto en su vida nada más explosivo que una fabada- contratado por De Pablo mediante un examen en el que se le pedía demostrar que los TEDAX habían mentido...

      Pues allá cada uno con sus creencias. ¡Galileo Moderno! Pffffff!

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    3. ¿Que periciales se realizaron antes de que se desguazasen los trenes? A ver si me puede citar alguna.

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  2. Por no hablar de las ropas de las víctimas...

    ¿Debería haberlas retenido indefinidamente el Juez de Instrucción, sin devolvérselas a sus dueños -ni destruir aquellas cuyo dueño no apareció- ante la posibilidad de que un Manos Limpias cualquiera apareciera seis años después exigiendo nuevas periciasl?

    No; la Justicia, como todo, tiene unos plazos y unos protocolos que cumplir; y a quien no esté de acuerdo, no le queda más que apelar a instancias superiores.

    ¡Un momento, que se me olvidaba! Eso ya se hizo, y el Supremo falló (por dos veces) que la actuación del Juez había sido la correcta en relación a los trenes...

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    1. El Supremo no falló por dos veces eso. En un auto del Supremo se desestimó una querella contra Del Olmo por ese motivo. Pero el argumento utilizado es falaz, puesto que los trenes se habían desguazado antes de que se hubiesen hecho "en ellos todas las pericias que se estimaron necesarias". De hecho el informe pericial al que se alude es muy posterior al desguace.

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    2. Un informe puede redactarse en un momento muy posterior al de la recogida de los datos de base. Lo falaz es su argumento (de usted).

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    3. Pues no porque sigue desmintiendo la afirmación del Supremo de que antes del desguace "se hicieron todas las pericias que se estimaron necesarias". Es evidente que el juez consideró necesario hacer más periciales tiempo después de que se desguazasen los trenes. Y no me estoy refiriendo sólo a analíticas, puesto que el informe que cita el Supremo no sólo habla de analíticas.

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  3. Por otro lado, piense en qué se aplicaría la "Doctrina Crispín" a los crímenes etarras. Porque, claro, antes de disponernos a pasarlo bien, hay que pensar en todas las eventualidades.

    Piense en cualquier pericia: un etarra alega enajenación mental, por ejemplo; dos peritos le declaran lúcido y capaz de distinguir el bien del mal. Peeero, como muchas enfermedades mentales cursan con periodos de lucidez y de deterioro alternados, consiste en pedir una y otra vez repetición de la pericia (con la excusa de que no se le hizo una pericia justo el día del atentado, por razones obvias) para dilatar el proceso ad libitum.

    Pensemos otra prueba más material: un testigo ha visto al etarra clavar el puñal en la espalda del asesinado. Se van pidiendo - con la excusa de que el reconocimiento puede no ser seguro, que a lo mejor se ha cambiado de idea- sucesivas ruedas de reconocimiento "¿Está seguro? Sí ¿Está seguro? Sí ¿Está seguro? Sí ¿Está seguro? NO."

    A la cuarta o quinta rueda, ya le digo yo que el testigo se desfonda y no reconoce ni a su padre.

    Y lo mismo con el olfato de los perros, las pruebas de balística (la balística no da un 100 %, da un 99 y pico %; basta con pedir mil peritajes y alguno le saldrá negativo, aunque sea porque la pistola ya está desgastada...) y así

    Como dijeron Ruz y Velasco, no puede estar una pidiendo todas las pruebas que le dé la gana hasta que salga lo deseado y luego ¡plis plas! cerrar el juicio

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    1. Desde luego podemos buscar muchos ejemplos chorras para reirnos un rato, pero el hecho cierto es que en un sumario se reiteran los informes periciales sobre un mismo asunto. ¿Cuántos informes de telefonía hay en el sumario del 11-M? Y las llamadas eran las mismas desde el principio. ¿Cuántos informes sobre las explosiones, sobre la similitud de los elementos encontrados, metralla, periciales de inteligencia, etc. Si el juez no tiene muy claro algún aspecto pide que le hagan otro informe, ¿cuál es el problema? O igual alguna parte plantea alguna objeción que hay que solucionar.

      En este caso además no había ningún problema en conservar los trenes puesto que RENFE tiene espacio de sobra en sus instalaciones.

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    2. ¿Qué le induce a pensar que el juez no tenía claro aspectos como para pedir más informes? Si tiene dudas, los pide, pero si no las tiene no los pide. ¿Por qué es sospechoso si no lo hace? ¿Por qué su criterio es bueno si pide muchos informes y malo si pide pocos?

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  4. "¿Que periciales se realizaron antes de que se desguazasen los trenes? A ver si me puede citar alguna."
    http://ep00.epimg.net/descargables/2012/03/02/dbcb0808eb0bb5bd8128c9b99894153c.pdf si le parece poco.

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    1. Si se refiere al informe pericial conjunto, tiene fecha de 24 de junio de 2005. Imagino que se refiere al Anexo I en el que aparece el informe sobre el material explosivo empleado en la confección de los artefactos del 11-M. Informe sin fecha pero del que sabemos que tiene fecha de entrada en el juzgado de 26 de abril de 2004. Me da que en esa fecha ya no existían los vagones, salvo el de Santa Eugenia.

      Pero es un buen intento.

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    2. No confunda la fecha de entrada del informe con la de su elaboración. ¿Es que no siguió el juicio? La perito 17632 lo explicó perfectamente. Además, da igual: ella estaba trabajando con muestras extraídas de los trenes desde el mismo 11-M. A ver si no va a poder analizarlas tranquilamente en su laboratorio aunque ya no queden más trenes.

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    3. Corrijo. Tiene fecha de salida 27 de abril de 2004 y entrada en el juzgado el 3 de mayo del mismo año.

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    4. Permafrost. El juez solicita el informe pericial a la UCDE mediante escrito de 24 de marzo de 2004. Yo diría que en ese momento ya se habían desguazado unos cuantos trenes. De hecho como dice Pablo Lladó, uno de los vagones estaba siendo desguazado en el TCR de Villaverde según la documentación de Alstom

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  5. Oiga, ¿y en qué parte del artículo del Sr. Lledó su autor dice que se esté refiriendo al tren de Santa Eugenia? Yo todavía sé leer y no veo lo que usted le atribuye.

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    1. Cierto. No dice que se refiera a ese vagón. Lo corregiré. Pero ya que lo menciona, me sorprende que el Sr. Lladó diga que no sabe el origen de la información sobre el desguace de los trenes que consta en la providencia de 12 de junio de 2007. Precisamente José Yoldi acababa de publicar en el mismo medio unos documentos que aclaran que esa información la remitió Rodríguez Simmons. Se ve que estaba el artículo en la nevera y no pudo actualizar.

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  6. Es Lledó, no Lladó

    Usted acusa al Supremo de falaz al decir que se hicieron las periciales que se consideraron oportunas y luego se devolvieron los trenes a su dueño. El Supremo habla de un “completísimo informe” que a usted parece que no le vale por el tema de las fechas. No sé si se da cuenta de que las fechas de los informes es irrelevante, pues lo relevante es cuando se obtuvieron los datos que figuran en los informes. En el informe que enlaza Ronindo puede usted ver fotos de los vagones, obviamente antes de que se desguazasen. Los análisis de explosivos comenzaron desde el primer día

    Ni en el artículo ni en las respuestas a los comentarios ha concretado usted QUÉ TIPO DE PERICIAL NECESARIA NO SE REALIZÓ ANTES DE QUE SE DESTRUYERAN LOS TRENES. Siento una gran curiosidad. ¿Puede decirnos cuál? ¿Tal vez un análisis mediante condensador de fluzo? ¿llevar a un medium? ¿psicofonías?

    Es curioso el contraste entre el subtítulo de su blog, que sugiere imparcialidad y honestidad intelectual, y la frase con la que termina el primer párrafo: “Supongo que son los efectos secundarios de un asunto cerrado en falso.” ¿Cómo ha llegado a esta conclusión? ¿Sabe usted lo que es razonar a partir de conclusiones?

    Por último, una pregunta offtopic. Veo que entre las asociaciones de víctimas que usted enlaza en su blog no está la asociación mayoritaria en el caso del 11-M. Sólo por curiosidad, ¿por qué?

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    1. Yo no he dicho que el informe no me valga. Lo que afirmo es que el argumento del Supremo es falaz. Cuando se desguazan los trenes NO SE HABÍAN HECHO las pericias que se estimasen necesarias. Es más, ni si quiera se habían solicitado. La pericial que se menciona se solicitó un año después. El Supremo hubiese podido intentar argumentar que esos informes no eran necesarios, pero no que se habían realizado antes del desguace.

      El problema es que es difícil sostener que todas las periciales encargadas por el juez eran innecesarias.

      En cuanto a la obtención de datos para los informes. ¿Y cómo sabe alguien que tiene suficientes datos para hacer un informe pericial que todavía no se ha solicitado?¿Llamó el juez del Olmo a los tedax para preguntarles si tenían recogidos suficientes datos como para responder a las cuestiones que les plantearía un año después?¿Llamó RENFE al juez para ver si ya tenía todos los informes periciales necesarios? Pues que salga alguien a decirlo.

      En cualquier caso es algo que nadie puede saber a priori, ¿no cree?

      Offtopic. Enlazo las que me da la gana (ni siquiera está actualizado). Y estoy seguro de que esa asociación que cita no querrá que la enlace en esta página.

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    2. Mire, yo no tengo ni idea de temas legales ni de cómo se lleva una instrucción, pero hombre de dios, claro que se sabe a priori qué periciales hay que realizar en los momentos posteriores a un atentado. Lo saben los expertos, esto es, la policía y la guardia civil, que por otra parte algo de experiencia tienen en atentados con explosivos en nuestro país. ¿Afirma usted que las tareas necesarias y suficientes que deben realizarse después de un atentado no son conocidas a priori? ¿que los cuerpos de seguridad israelíes, por ejemplo, cuando llegaban al escenario de un atentado no sabían a priori qué datos debían recoger, y que por lo tanto anotaban todo lo habido y por haber, e.g. si en el cielo había estratocúmulos o nimbos, la electricidad estática del aire o las moñigas de perro de los alrededores por si en el futuro un juez les solicita esos datos?

      Pues claro que se hicieron todas las periciales necesarias y ahí tiene usted los datos. Si posteriormente un juez solicita un informe sobre cual era el color de los botones de la camisa del conductor o qué música estaba escuchando el pasajero del asiento 67, pues qué quiere que le diga, que el juez o la parte que lo ha solicitado se lo hagan mirar

      Insisto, usted que acusa al Supremo de falaz es el que tiene que demostrar que no se hicieron las periciales necesarias sin refugiarse en esa pueril idea de que eso no se puede saber a priori (y que en consecuencia hay que conservar los restos ad eternum para verificar cada chorrada que se le ocurra a los dudantes). Si realmente existen procedimientos que no se llevaron a cabo y que debieron hacerse antes de destruir los trenes, no le será tan difícil decir cuáles son

      Ya daba por hecho que usted enlaza lo que le da la gana, que para eso es su blog. Pero es que en esto del conspiracionismo 11-M ya nos conocemos todos, y me apetecía dejarle en evidencia.

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    3. Pues no sé en qué "evidencia" me deja, francamente.

      Vuelvo a insistir en que el auto del Supremo no dice que sea innecesario conservar los trenes porque se disponía de todos los datos, sino que se hizo después de realizarse "todas la pericias que se estimaron necesarias". Y hasta donde llega mi conocimiento judicial, el que estima qué pericias son necesarias y cuáles no es el juez. Y el juez estima necesario hacer periciales mucho tiempo después del desguace de los trenes. Luego el argumento es tremedamente falaz.

      Tendremos tiempo de hablar de ello, no sean impacientes.

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  7. Veo que el tema se ha centrado bastante tanto por el lado "blanco" como por el lado "negro", por más que en el blanco se empeñen en darle vueltas y revueltas a los nickname.
    Pero en este caso, querido Crispín, creo que el asunto ha de dirimirlo algún RAE de "lingüistica-pícara".
    Soy el primer convencido de que hicieron todas las pruebas y pericias "que consideraron necesarias". No me cabe duda. De hecho, en poco menos de hora y media se conocía con total seguridad la autoría de los atentados.
    Cosa muy distinta es que las pruebas que "se consideren necesarias" se estime que deban ser dadas a conocer públicamente.
    Por tanto, estoy de acuerdo que los instructores de la causa dejaron visibles en el lado pueblo "todas las pruebas que consideraron necesarias... dar a conocer".
    Es sorprendente las molestias que se toman algunos en amparar las "historias para menores de edad".
    Ojalá lo hicieran sinceramente. Quizá podrían aclararnos muchas dudas.

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    1. Es más que probable. Pero desde el punto de vista argumental es bastante similar el haber hecho "todas las pruebas necesarias" y ocultarlas, que el no haberlas hecho. En el fondo al juez Granados le faltó decir que además todas esas pruebas eran innecesarias porque como tenían ya la mochila de Vallecas....Qué ganas de complicarle la vida a los jueces, hombre.

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